La Secretaría de Previsión Social procurará que todos los miembros del Sindicato llenen y firmen debidamente los pliegos testamentarios con el fin de que tanto el trabajador como su esposa, cónyuge o concubina, así como hijos y/o en algunas situaciones específicas padres dependientes de ellos, reciban los beneficios de las prestaciones sociales marcadas en el contrato colectivo de trabajo cuando el trabajador fallezca.
La Secretaría de Previsión Social deberá proporcionar al trabajador los formatos de los pliegos testamentarios cuando el trabajador activo o jubilado lo solicite, con el fin de renovarlos, realizar algún cambio de domicilio, o establecer los deudor beneficiados en caso de la muerte de la esposa o esposo, divorcio o si se desea añadir a cualesquier otra persona beneficiada).
Requisitos
– Descargar aquí el formato del Pliego Testamentario.
– Imprimir 4 formatos del Pliego Testamentario por ambos lados de la hoja (por ahorro de hojas y espacio de archivo).
– Llenar los 4 formatos del Pliego Testamentario a mano con letra de molde.
– Copia de identificación oficial (INE).
– Copia del último talón de cheque.
– Entregar la papelería en la Secretaría de Previsión Social.
Tiempo de trámite: 3 a 5 días hábiles.
Descargar Formato de Pliego Testamentario